Las políticas ambientales como base para el desarrollo sostenible.
Por: Lic. Laura Liranzo Tavárez
La sostenibilidad ambiental en República Dominicana, es un tema que se ha ido desarrollando a raíz de la firma de varios Acuerdos Internacionales relativos a la conservación ambiental y el desarrollo; su importancia es tal, que la implementación de medidas de conservación, protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos naturales, suponen un gran avance para los proyectos a corto y a largo plazo del desarrollo sostenible.
En este sentido, “el desarrollo sostenible es el proceso orientado a satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las del futuro para atender sus propias necesidades”[1]; definición que no solo abarca el desarrollo sustentable, consistente en la preservación, conservación y protección de los recursos naturales, sino que busca soluciones para el beneficio de las generaciones presentes y futuras, tomando en cuenta las necesidades sociales, políticas y culturales.
De acuerdo a la Conferencia de Rio, es ineludible la relación entre la conservación ambiental y el desarrollo, afirmando que “la pobreza y el deterioro ambiental se encuentran íntimamente relacionados”[2]. De allí surgen los cuatro aspectos para fomentar las políticas sociales en las que se basa el desarrollo sostenible: 1) el desarrollo económico para erradicar la pobreza; 2) la inclusión social a fines de mejorar la calidad de vida; 3) buena gobernabilidad con miras a fomentar la paz y la seguridad; y el enfoque principal del presente artículo,4) la sostenibilidad ambiental como pilar del desarrollo sostenible.
En esta tesitura, apreciando las características ambientales que hacen singular nuestro País y el íntimo vínculo que existe entre los recursos naturales y la mayoría de los sectores productores y de desarrollo económico, es necesario considerar prioritaria la implementación de políticas que permitan aplicar los principios del desarrollo sostenible.
Tomando en cuenta esta situación, es indispensable resaltar, que la importancia del desarrollo sostenible va más allá de “la conservación de la biodiversidad y de los ecosistemas, sino que radica en la capacidad de utilización de los recursos naturales de forma sostenible, es decir, intra e intergeneracional, conceptualizados en el marco de una equidad social, que permita un desarrollo ambientalmente sostenible y que a la vez propicie la reducción de la pobreza, la existencia de normas ambientales y de control al crecimiento industrial, la preservación de la especie humana como parte íntegra de la diversidad biológica, la educación continua para concienciar sobre el deterioro de los bosques y el mal uso de nuestro suelo, así como de la constante contaminación del aire y del agua, cuyos aspectos contribuyen a la extinción de especies, a la desertificación y a los cambios climáticos drásticos”[3].
En consecuencia, garantizar la sostenibilidad ambiental constituye un reto significativo no solo con la creación de disposiciones legales, sino también con la aplicación efectiva de las mismas.
Enfocándonos en el ámbito legal internacional, la República Dominicana como Estado Miembro de las Naciones Unidas, se comprometió a implementar una política ambiental orientada al desarrollo sostenible, con miras a equilibrar los aspectos ambientales, sociales y económicos. Compromiso que vemos reflejado con la firma de “los Acuerdos Multilaterales Ambientales (AMUMAs), dentro del cual se analizan las Convenciones de las Naciones Unidas para Combatir el Cambio Climático (CMNUCCC), Diversidad Biológica (CDB) y de Lucha contra la Desertificación y la Sequía (UNCCD)”[4], así como el conjunto de leyes, decretos, resoluciones, reglamentos, normas y estudios que sobre este aspecto se han realizado en la República Dominicana.
En cuanto a las disposiciones legales nacionales, cabe resaltar que las políticas ambientales siempre han tenido carácter constitucional de manera indirecta, no obstante es en la Constitución de 2010, donde por primera vez determinan las medidas de protección y conservación del medio ambiente, así como las formas de aprovechamiento de los recursos naturales, tanto para las generaciones presentes como para las futuras, otorgándole un carácter de orden público.
De igual forma, nuestras políticas ambientales se fundamentan en la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales 64-00 de fecha 18 de agosto del año 2000, enfocándose en el medio ambiente como una garantía del desarrollo ecológico y económico sostenible del país. Así pues, es importante señalar que la mencionada Ley “estableció los lineamientos y principios de políticas para la gestión ambiental conforme los mandatos y compromisos asumidos en la Conferencia Sobre Medio Ambiente y Desarrollo del año 1992, los cuales deben guiar las políticas públicas nacionales y sectoriales”[5] .
Así las cosas, aun con la existencia de un sinnúmero de disposiciones legales, es prácticamente imposible que sea efectivo un desarrollo sostenible con los simples textos, sino que es necesario, tanto la aplicación de medidas efectivas para conservar y reparar el medio ambiente y los recursos naturales, como la concientización de los dominicanos hasta convertirnos en una sociedad más responsable con el medio ambiente, a fines contribuir con la reducción de la pobreza y el mantenimiento de la vida como la conocemos hoy en día.
[1] Extraída del Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Comisión Brundtland).1987.
[2] La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (CNUMAD) que popularmente es conocida como Cumbre de Río o de la Tierra. Brasil. 1992
[3] Proyecto de actividades habilitantes para la autoevaluación de las capacidades nacionales para la gestión ambiental mundial (NCSA). República Dominica. Diciembre. 2007.
[4] Ídem.
[5] Ídem.